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Aviso: Este recurso proporciona información general. No es asesoramiento legal específico a su situación. Recomendamos a los miembros de la comunidad tener precaución y hablar con un abogado de inmigración sobre sus casos individuales.
El 13 de agosto de 2026, el tribunal de apelaciones de los Estados Unidos (la Junta de Apelaciones de Inmigración, o “BIA” por sus siglas en inglés) cambió las consecuencias de viajar con un “permiso adelantado.” Si está pensando en viajar fuera de EE.UU. con un permiso adelantado y ha estado en el país sin permiso por más de 180 días, ahora o en el pasado, este cambio le afectará. Le recomendamos que consulte con un abogado antes de viajar.
¿Qué cambió? Los vetos de 3 y 10 años hacen inelegibles para reingresar al país u obtener una green card a las personas que salen de EE.UU. que tienen más de 180 días de presencia ilegal en el país. Anteriormente, salir y regresar a EE.UU. con un “permiso adelantado” no conllevaba estos vetos. Ahora, las personas que viajen fuera del país en o después del 13 de agosto de 2026 pueden enfrentarse a estos vetos.
¿Este cambio me afectará? Este cambio le afectará si está considerando utilizar el permiso adelantado para viajar fuera de EE.UU. en o después del 13 de agosto de 2026, y si ha vivido en el país sin presencia legal por más de 180 días.
¿Qué son los vetos de 3 y 10 años? Estos vetos hacen “inadmisible” a las personas para EE.UU. Esto significa que no puede reingresar al país u obtener una green card sin una exención especial.
- Si tiene más de 180 días, pero menos de 1 año de presencia ilegal en EE.UU., salir del país conlleva a 3 años de inadmisibilidad (veto de 3 años).
- Si tiene 1 año o más de presencia ilegal en EE.UU., salir del país conlleva a 10 años de inadmisibilidad (veto de 10 años).
Antes de la decisión de la BIA, las personas con presencia ilegal podían viajar fuera del país con el “permiso adelantado” sin que resultara en vetos de 3 y 10 años. Ahora, viajar en o después del 13 de agosto de 2026 con un “permiso adelantado” puede conllevar a estos vetos, a menos que cuente con una exención.
Las exenciones sólo están disponibles para las personas que puedan demostrar que el veto causará dificultades extremas a su familiar ciudadano (o que cuenta con una green card). El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos decide quienes obtienen exenciones.
¿Qué es el “permiso adelantado”? El permiso adelantado es un documento del gobierno estadounidense que le otorga a determinados inmigrantes permiso para viajar fuera del país y reingresar después de un viaje breve. Usualmente, las personas aplican para el permiso adelantado dentro de EE.UU. utilizando el formulario I-131. El permiso adelantado es utilizado comúnmente por personas con Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), Estatus de Protección Temporal (TPS) y personas con una aplicación para la green card o una solicitud de asilo pendiente.
¿Qué se considera“presencia ilegal”? El gobierno establece que la “presencia ilegal” es cualquier periodo de tiempo en el que está en EE.UU. sin permiso del gobierno, incluyendo si su visa o permiso de permanencia temporal ha vencido. Hay algunas excepciones y un abogado puede ayudar a determinar si aplican a su caso:
- El periodo de tiempo que estuvo en EE.UU. antes de cumplir 18 años no cuenta como “presencia ilegal.”
- Si cuenta con DACA, TPS o protección de la Unidad Familiar, ese periodo de tiempo no cuenta como “presencia ilegal.”
- El periodo de tiempo durante el cual tenía una solicitud de asilo o una petición familiar pendiente para un asilado o refugiado no cuenta como “presencia ilegal.”
- El periodo de tiempo durante el cual tuvo una solicitud de TPS o ajuste de estatus (una green card) pendiente no cuenta como “presencia ilegal.”
- Algunos sobrevivientes de violencia doméstica y trata de personas no tienen “presencia ilegal” si el abuso estuvo relacionado a su presencia ilegal.
¿Qué pasa si estoy aplicando para una green card y viajé con un permiso adelantado en el pasado? La decisión de la BIA no es muy clara, pero creemos que el cambio solamente aplica para las personas que viajen en o después del 13 de agosto de 2026. Si viajó antes del 13 de agosto de 2026, el gobierno no debería aplicar este cambio a usted; sin embargo, aún estamos a la espera de ver cómo interpreta el gobierno la decisión en lo que respecta a los viajes realizados antes de esa fecha. Si usted o alguien que conoce se encuentra fuera de EE.UU. con un permiso adelantado en estos momentos, hable con un abogado de inmigración sobre cómo reingresar de manera segura.
El NILC recomienda a cualquier persona que esté pensando en viajar con un “permiso adelantado” a que consulte con un abogado de inmigración sobre los posibles riesgos. Si tuvo una orden de deportación en el pasado, viajar fuera de EE.UU. conlleva más riesgos y debería consultar con un abogado de inmigración. Viajar dentro y fuera de EE.UU. puede ser riesgoso para todos los no ciudadanos. Recomendamos hablar con un abogado antes de viajar y tener listo un plan por si surge algún problema cuando regrese.
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